23 May, 2025 Revista Digital sobre Patentes, Marcas y Propiedad Intelectual

Propiedad Intelectual en las escuelas

Aunque parezca lo contrario, las instituciones educativas tales como Primarias, Secundarias, Preparatorias y Universidades, también sufren actos de piratería.

Es común pensar que tanto las escuelas públicas como privadas, caracterizadas principalmente por no representar fines lucrativos y dedicadas a generar conocimiento y promover la educación y la cultura de aquéllos que pisan sus instalaciones, no requieran de protegerse dado que seguramente no habrá quien busque aprovecharse de su prestigio y nombre. Sin embargo, la situación contraria es cada vez más recurrente. Quizás contribuya a ello el surgimiento de numerosas instituciones dedicadas a la educación en los últimos años o probablemente la falta de promoción del respeto por la Propiedad Intelectual en nuestro país, punto último en el que, aunque constantemente se trabaje, todavía resulta insuficiente.

Por ello es que en tanto se determinen las causas de este irónico fenómeno, es claro que la protección, explotación y defensa de la Propiedad Intelectual en las escuelas de todos los niveles debe formar parte importante de su agenda.

Es frecuente que la principal merma de una institución de ésta naturaleza, sobre todo en el sector privado, sea el uso no autorizado de sus nombres y logotipos en los uniformes escolares, en donde no solamente se ve afectada la persona moral titular de los derechos marcarios, sino también el distribuidor que se supone debió haber maquilado con exclusividad los uniformes con el signo distintivo en discordia.

La falta de consciencia respecto de las implicaciones negativas en la Propiedad Intelectual de las escuelas por mandar confeccionar uniformes que incorporen la Marca o los escudos que la institución educativa ha protegido, tiene origen en los propios padres de familia, quienes precisan saber que dicha conducta está prohibida y que acarrea consecuencias legales en contra de quienes hagan de su actividad preponderante, la elaboración o producción de uniformes con una Marca sin la autorización de la escuela que detenta los derechos de la misma.

Cabe aclarar que si lo que se busca es un precio accesible, siempre es posible adquirir los uniformes con un distribuidor distinto al autorizado por la institución educativa, pero omitiendo la reproducción de los logotipos y nombres propiedad de esta última, facultad que se reserva la escuela o sus licenciatarios autorizados, ya que dichas conductas son sancionadas por la Ley de la Propiedad Industrial y por el Código Penal Federal.

Por otro lado, el uso no autorizado de avisos comerciales y Marcas, tanto de logotipos como denominaciones para distinguir igualmente servicios de educación, también puede observarse y son más frecuentes los casos de similitud en grado de confusión que la identidad de signos distintivos, en donde la nueva institución adopta casi el mismo nombre de otra que ya se hizo de prestigio para ahorrarse el tiempo, el esfuerzo y la inversión que requiere el posicionamiento, haciéndole variantes poco significativas que logran
confundir al público y por ende, causar un perjuicio a la escuela titular de los derechos exclusivos, independientemente de los permisos que hayan adquirido para poder operar.

En este orden de ideas, no está de más sugerir una adecuada protección y licenciamiento de los signos distintivos de cualquier escuela pública o privada, así como un plan de acciones de advertencia a los padres de familia sobre posibles conductas
prohibidas relativas al uso de las Marcas de la institución, así como la persecución inexorable de todo aquél que no respete sus derechos intelectuales con el objeto de evitar la proliferación de dichos actos ilícitos.

Este tipo de protección de la Propiedad Intelectual de una institución gubernamental o privada es únicamente externa, existiendo otra clase de regulación de esta materia a nivel interno, sobre todo en cuestiones de generación de conocimiento en donde caben además de los secretos industriales, las invenciones de investigadores que allí laboran e incluso para los alumnos que han generado tecnología susceptible de protección mediante patentes, modelos de utilidad o diseños industriales.

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